5 sep 2025
Aunque ya de por sí son inéditas por realizarse en una fecha distinta a las nacionales, las elecciones legislativas bonaerenses del domingo 7 de septiembre tienen una importante novedad y es que, según un comunicado de la Junta Electoral bonaerense, al ser comicios estrictamente bonaerenses, rige la ley provincial la cual no contempla la existencia de votos nulos.
Según aclara el comunicado, el único marco legal aplicable será la Ley 5109 de la Provincia, dado que se trata de comicios exclusivamente provinciales y no rige el Código Electoral Nacional.
Esto implica un cambio importante en la clasificación de los sufragios. En estas elecciones, solo existirán tres categorías de voto:
Voto afirmativo (válido): aquel emitido con boletas oficializadas, incluso si están incompletas o presentan tachaduras.
Voto en blanco: cuando el sobre contenga boletas no autorizadas, incompletas, de distintos partidos, ilegibles o que permitan identificar al votante.
Voto de identidad impugnada: reservado para casos en los que haya dudas sobre la identidad del elector.
El comunicado oficial señala que todo "voto que no sea afirmativo o de identidad impugnada, se considerará blanco”. De esta manera, desaparece la figura del voto nulo, que hasta ahora estaba contemplada en la práctica electoral bajo el régimen nacional para —por ejemplo— los casos en que en un sobre aparezcan las boletas de dos partidos diferentes en una misma categoría o papeletas no oficializadas.
La decisión, según se aclaró desde la Junta Electoral, busca evitar confusiones que en elecciones anteriores surgían por la coexistencia de normas nacionales y provinciales. En este caso, el presidente de mesa será la autoridad final en la clasificación de los votos, y su decisión será inapelable.
En las actas, certificados y telegramas de escrutinio, solo se consignarán votos afirmativos a las agrupaciones políticas, en blanco y de identidad impugnada.
Con este cambio, el próximo domingo electoral en la provincia de Buenos Aires tendrá un escenario particular: los sufragios que antes hubieran sido considerados nulos, ahora engrosarán la categoría de votos en blanco.
La norma bonaerense que regirá este domingo estables que solo se computarán como válidas las boletas oficializadas. En tanto que si en un sobre se encontraran más de una boleta de sufragio, sólo se computará una de ellas, siempre que correspondiere a un mismo partido político.
"En las elecciones para renovación de cuerpos colegiados, los votos se computarán por lista y no por candidatos. Si un elector borrase candidatos pero no la totalidad de los mismos, se le adjudicará al Partido al que pertenece la boleta sea cualquiera el número de candidatos tachados", dice otro de los artículos.
Y "las fracciones de boletas oficializadas se computarán como íntegras, siempre que contengan por lo menos un nombre completo de los candidatos incluidos en aquellas y la designación de partido a que correspondan".
En las elecciones nacionales, según el Código Electoral, los siguientes son los casos de votos nulo que este domingo serán considerado "en blanco":
El emitido mediante boletas oficializadas que contiene dos (2) o más marcas de distintas agrupaciones políticas para la misma categoría.
El emitido en boletas en las que se hubiese roto algunas de las partes, solo si esto impide establecer cuál ha sido la opción electoral escogida.
El emitido en boletas en la que aparecen inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral, solo si esto impide establecer cuál ha sido la opción electoral escogida
Cuando juntamente con la boleta se hayan incluido objetos extraños a ella.
De esta manera, se siguen acumulando las razones para pensar que las elecciones bonaerenses del domingo 7 de septiembre son únicas y probablemente quedarán plasmadas en la historia más allá de los resultados.
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