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Cronos Noticias » Provincia » 27 dic 2021 17:24

Cuándo cobro

Mirá la fecha de pago del bono en Provincia para estatales y docentes

Al igual que en Nación, el gobernador Axel Kicillof anunció un pago único de 20 mil pesos. Uno por uno, conocé quiénes lo percibirán.


  • Mirá la fecha de pago del bono en Provincia para estatales y docentes

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Al igual que en Nación, el gobernador bonaerense Axel Kicillof anunció la semana pasada que se pagará un bono de fin de año de 20 mil pesos a trabajadores estatales y docentes

Se trata de un pago no remunerativo y no bonificable, que se abonará por única vez y por persona. La liquidación se realizará durante el mes de diciembre 2021 o en su defecto en enero 2022.

Según informó el Gobierno bonaerense, lo cobrarán los trabajadores y los docentes que se encuentren activos en el mes de diciembre de 2021. Después de ordenar el cronograma, desde el gobierno provincial informaron que el pago comenzaría entre el 30 y 31 de enero.

En el caso particular del sector docente, será para quienes revistan el carácter de titular, provisional o suplente.

Mirá acá las fechas de pago.

Quiénes cobrarán el bono de fin de año

-Ley N° 10.430 planta permanente con estabilidad; planta permanente sin estabilidad; planta temporaria (transitoria mensualizada; de gabinete -siempre que su retribución no sea superior a la del cargo de Director Provincial-; secretarios privados y contratados por locación de servicios).

-Ley N° 10579 Docentes, en las condiciones que se estipulan en el apartado 7.

-Consejeros Escolares, Secretarios Técnicos y Secretarios Administrativos de Consejos Escolares previstos en la Ley N° 13.688.

-Carrera Profesional Hospitalaria Ley N° 10.471 y Residentes.

-Técnico Gráfico Ley N° 10.449.

-Dirección de Vialidad Ley N° 10.328.

-Ley N° 12.268 -Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias-.

-Comisión de Investigaciones Científicas Decreto - Ley Nº 9.688/81 y Ley Nº 13.487.

-Hipódromos.

-Casinos bajo jurisdicción del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.

-Ley Nº 10.384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Ex Obras Sanitarias.

-Dirección Provincial de Energía CCT N° 36/75.

-Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA).

-Ente Administrador Astillero Río Santiago personal convencionado del CCT N° 91/75 y no convencionado.

-Personal de la Subsecretaría de Asuntos Portuarios del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bajo CCT N° 24/75, N° 164/75 y N° 40/91E.

-Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto- Ley N° 9.578/80 -inclusión de cadetes.

-Policías de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13.982 -inclusión de cadetes.

-Poder Judicial Ley 10374, con la excepción estipulada en el punto 3.d).

-Becarios.

-Contratos Colegio de Escribanos Ley N° 10295.

Quiénes estarán exentos

Estarán excluidos del bono personal jerarquizado superior; personal de Gabinete cuya retribución sea superior a la de Director Provincial; contratos de locación de obra, cualquiera sea el marco legal del contrato; Magistrados y funcionarios judiciales Ley N° 10.374 desde nivel 19.5; Personal docente público y privado.

Personal docente

Desde el Gobierno provincial especificaron que el bono para el caso de personal docente según Ley 10.579 "se abonará por persona independientemente de la cantidad de cargos que desempeñe el docente". 

Además, aclararon que en caso de que una persona tenga cargo docente y también en Ley N° 10.430, el bono "se pagará por este último cargo".

Por otro lado, remarcaron que se abonará "en su monto íntegro a los docentes que se desempeñen en uno o más cargos (o su equivalencia en horas cátedra y/ o módulos), y en forma proporcional cuando la equivalencia de cargos sea inferior a uno (1). A los fines de la determinación de este bono, se considerará que un (1) cargo es equivalente a quince (15) horas cátedra o a diez (10) módulos del nivel de educación secundaria. En caso de niveles y/o modalidades con equivalencia diferente, se tendrá en cuenta la equivalencia del nivel o modalidad específico".

En el caso de los docentes que se desempeñen en escuelas de gestión privada, el bono será "en proporción a la subvención o aporte estatal acordado".

"Los docentes que se desempeñen en gestión estatal y privada simultáneamente cobrarán el Bono, considerando la totalidad de los cargos de ambas gestiones, efectivizándose su pago íntegramente en su cargo de gestión estatal. El Bono será pagado en su monto completo a los docentes que se desempeñen en uno o más cargos (o su equivalencia en horas cátedra y/ o módulos), y en forma proporcional cuando la equivalencia de cargos sea inferior a uno (1)", según especificó el Gobierno bonaerense. 

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