3 abr 2017
El primer proyecto de ley tiene como fin que se modifique la composición de datos del RUIT (Registro Único de Infractores de Tránsito). Más específicamente en relación al artículo 5° de la ley 13.927, estableciendo la obligación que únicamente se comunique al RUIT las “sentencias firmes”.
Actualmente se comunican todas las actas de infracción, contradiciendo tal mecanismo el derecho constitucional de defensa en juicio ya que su única finalidad es ser un agente de recaudación para el fisco.
El otro proyecto establece la obligación de las Estaciones de Servicio y Expendedoras de combustibles, que se encuentren ubicadas en las inmediaciones de una ruta, autovía o autopista provincial o nacional, de colocar un cartel con la siguiente leyenda “ENCIENDA LAS LUCES BAJAS, Ley 25.456”. El circular con las luces encendidas ha logrado reducir considerablemente los índices de mortalidad por accidentes de tránsito.
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