El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires creó el Registro Provincial de Servicios de Transporte Fluvial de Pasajeros (RPSTFP), mediante la Resolución 355/26 publicada en el Boletín Oficial. La medida busca ordenar la actividad y reunir los datos de todos los prestadores que operan en aguas jurisdiccionales de la provincia.
La inscripción será obligatoria para los servicios regulares, provisionales y especializados, que incluyen turismo, excursiones, taxis, contratados, marginales y privados. El trámite se habilitará cuando esté operativo el sistema informático previsto y deberá realizarse una única vez, dentro de los 60 días posteriores a su puesta en marcha.

Quienes no se inscriban en el plazo establecido podrán recibir sanciones. La Subsecretaría de Transporte Aéreo y Fluvial estará facultada para aplicar multas de hasta 5.000 boletos mínimos o disponer la inhabilitación temporal o permanente de la empresa que incumpla con la normativa vigente.
La iniciativa se apoya en la Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros y amplía un antecedente de 2021, cuando el registro contemplaba únicamente servicios especializados y dependía del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Ahora, la Provincia busca abarcar todas las modalidades bajo la órbita de Transporte.