jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº2737
Cronos Noticias » Nación » 1 abr 2022 10:14

Nuevas medidas

¡Chau al distanciamiento social! Qué anunció el Ministerio de Salud sobre los cuidados

En el boletín oficial, desde la cartera que comanda Carla Vizzoti, se realizó una actualización en la prevención del covid-19 y otras enfermedades respiratorias.


  • ¡Chau al distanciamiento social! Qué anunció el Ministerio de Salud sobre los cuidados

Después de dos años de pandemia con medidas de prevención y cuidado contra el coronavirus, esta mañana se publicó una nueva resolución en el Boletín Oficial, donde el Ministerio de Salud de la Nación, donde están previstas nuevas disposiciones al respecto.

De este modo, el escrito informa que queda "sin efecto el distanciamiento social de dos metros" aunque insiste en "continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público".

"Considerando la situación epidemiológica, sanitaria y los avances de la campaña de vacunación, es menester actualizar las medidas generales para prevenir tanto la COVID-19 como otras infecciones respiratorias estacionales con el fin de proteger la salud pública", indica la Resolución 705/2022 firmada por la ministra nacional, Carla Vizzotti.

Entre las medidas sanitarias dispuestas, se sigue recomendando "asegurar la ventilación de los ambientes y mantener la higiene adecuada y frecuente de manos".

Asimismo, se pide que "ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público".

Además, se deja "sin efecto" la "obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación "Cuidar" dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21".

Por lo que "para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales -presencial o remota- de una persona, se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 627/20".

TE PUEDE INTERESAR

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

VIDEOS