viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº2759
Cronos Noticias » Nación » 29 ene 2021 18:21

Disposiciones

Un juez rechazó el planteo de Telecom de suspender el decreto de servicios públicos esenciales

La compañía había objetado el decreto dispuesto por el Ejecutivo nacional que establecía a la telefonía móvil y fija, internet y TV por cable como servicios públicos esenciales en el contexto de la pandemia.


  • Un juez rechazó el planteo de Telecom de suspender el decreto de servicios públicos esenciales

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El juez en lo contencioso administrativo de la capital Walter Lara Correa rechazó hoy un pedido para suspender la vigencia de la ley que declaró servicios públicos esenciales y estratégicos a la telefonía móvil y fija, y expuso a la compañía Telecom a devolver un 15% de aumento que cobró de más a sus clientes en las dos últimas facturas.

El rechazo del juez se fundó en el DNU 690/20. “Habiendo sido ratificado el reglamento cuestionado por la Cámara alta, no puede tenerse por acreditada la verosimilitud del derecho invocada por la accionante”, expresó.

El pedido de la cautelar que había firmado Telecom Argentina SA, a la que pertenece Cablevisión, y objeta, entre otros puntos, la capacidad que a partir de esa declaración adquirió el Estado para regular la tarifa de los servicios de televisión paga, telefonía móvil e internet.

En los últimos dos meses, Telecom Argentina facturó un aumento del 20% a sus usuarios, cuando el ENACOM –el Ente Nacional de Comunicaciones-, había autorizado solo el 5%. En ese sentido, el Estado intimó a la empresa a devolver lo facturado de más, pero no lo había hecho hasta el momento.

De este modo, según lo dispuso el juez Lara, la empresa está obligada a acatar la resolución y devolver el dinero a sus clientes

A su vez, el magistrado rechazó la medida cautelar ante la inexistencia de “peligro en la demora”, uno de los requisitos para dictar este tipo de medidas. “La actora no ha explicado concretamente de qué manera dichos afectarían el estado de sus finanzas”, precisó el juez.

El decreto de necesidad y urgencia fue dictado “en oportunidad que se encontraba vigente el ‘Aislamiento social, preventivo y obligatorio’, es decir en un contexto donde la única forma de conexión interpersonal era a través de los TIC” y en el marco “de crisis sanitaria y social” por la pandemia de coronavirus, menciona además el fallo de Lara Correa.

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