La medida está contemplada dentro de la Ley Impositiva aprobada en la Legislatura que impulsó el gobierno de María Eugenia Vidal, y que contó con amplio respaldo de los bloques opositores del Frente Renovador, PJ-Unidad y Renovación (el llamado "Bloque de los Intendentes), Frente Amplio Peronista (comandado por José Ottavis) e Integrar.
Cabe destacar que el artículo 85 de esa norma sostiene que a partir de ahora en su inciso 2 bis se sancionará a quienes "no posean talonarios, controladores fiscales u otro medio para emitir facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicio en la forma y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, o no cuenten con los dispositivos necesarios implementados en cumplimiento del Título II de la Ley N° 27.253 y/o en las normas nacionales vigentes complementarias, y conforme a la reglamentación aplicable”.
La ley 27.253 es una norma nacional sobre régimen de ventas minoristas sancionada en 2016 y reglamentada el año siguiente, que en su Título II establece la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjeta de débito y crédito con el sistema de posnet. Luego, en 2017, el Ejecutivo nacional la reglamentó y la obligatoriedad entró en vigencia en abril de este año, con sanciones de multas de entre $300 y $300 mil para quienes incumplan.
Según trascendió, ARBA realizará la los controles y labrará las infracciones correspondientes en el caso de que incumplimientos. Luego, determinará si como sanción corresponde una multa o si es preciso llegar hasta la clausura. El proceso supondrá la intervención de la justicia.
Solo resta definir detalles del modo de aplicación del nuevo sistema que, según se informó, se darán a conocer en las próximas semanas.