La provincia de Buenos Aires sumó nuevas herramientas de protección social luego de que el Poder Ejecutivo publicara este 17 de septiembre en el Boletín Oficial las leyes sancionadas por la Legislatura el pasado 27 de agosto. Las normas alcanzan a personas con discapacidad, quienes atraviesan situaciones de calle y un histórico militante bonaerense.
Entre las disposiciones se encuentran las leyes 15.622 y 15.624, que incorporan a la Provincia a dos regímenes nacionales vinculados con los derechos de las personas con discapacidad. La primera adhiere al sistema de empleo protegido, mientras que la segunda contempla prestaciones de habilitación y rehabilitación integral.
En el caso del empleo, la Ley 15.622 establece la adhesión bonaerense al régimen federal previsto en la Ley Nacional 26.816. La norma determina que el Ejecutivo deberá designar una autoridad de aplicación, que tendrá a su cargo implementar dentro del territorio provincial las acciones necesarias para cumplir con los principios establecidos por la legislación nacional.


Por su parte, la Ley 15.624 incorpora a la Provincia al sistema establecido por la Ley Nacional 24.901. El objetivo es desarrollar acciones de prevención, asistencia, promoción y protección de derechos para garantizar una cobertura integral. Además, se habilita la creación de un Comité Provincial de Seguimiento del sistema de prestaciones básicas.
Ese comité tendrá entre sus funciones impulsar la articulación entre programas y normas nacionales, provinciales y municipales relacionados con la habilitación y rehabilitación. La legislación también contempla especialmente a las personas con discapacidad que no cuentan con obra social, quienes deberán recibir las prestaciones básicas mediante efectores públicos de salud provinciales.
Otra de las normas oficializadas es la Ley 15.625, que establece un nuevo régimen destinado a proteger los derechos de las personas que viven en situación de calle y de aquellas que se encuentran en riesgo de atravesarla. La normativa contempla a quienes habitan en forma transitoria o permanente en calles o espacios públicos.

El régimen reconoce derechos vinculados con la dignidad, la identidad, la salud, el trabajo y el acceso a una vivienda y a los servicios públicos. También establece que la falta de DNI u otra documentación no podrá utilizarse como motivo para negar atención. Entre las herramientas previstas figuran centros de integración, atención telefónica y un servicio móvil de asistencia social.
Finalmente, la Ley 15.623 estableció un reconocimiento post mortem para Luis Rolando “El Flaco” Lata, quien fue secretario legislativo del Senado bonaerense y militante peronista de La Matanza. La norma lo declaró Ciudadano Ilustre de la provincia de Buenos Aires y fundamentó la distinción en su trayectoria y compromiso con el pueblo bonaerense.