miércoles, 15 de abril de 2026 - Edición Nº3485
Cronos Noticias » Municipios » 15 abr 2026 14:49

Deuda pendiente

Tres Arroyos: la Justicia volvió a castigar al municipio por ocultar información sobre la calidad del agua

El fallo reconoce que el gobierno liderado por Pablo Garate violó la ley al no entregar la información dentro del plazo legal de 30 días hábiles, también señala que la respuesta que apareció durante el juicio fue extemporánea y además, apoyada en un informe viejo.


  • Tres Arroyos: la Justicia volvió a castigar al municipio por ocultar información sobre la calidad del agua

La calidad del agua y el estado de la red de cañerías sigue dando de qué hablar en el municipio bonaerense de Tres Arroyos, que conduce el intendente Pablo Garate. Y es el Juzgado Correccional de la localidad resolvió que el municipio incumplió con su obligación legal de responder en tiempo y forma un pedido de información ambiental.

La importancia de esta sentencia no está solo en el tema que aborda, sino en lo que deja asentado. El fallo reconoce que la Municipalidad violó la ley al no entregar la información dentro del plazo legal de 30 días hábiles. También señala que la respuesta que apareció durante el juicio fue extemporánea y, además, apoyada en un informe viejo, correspondiente al año 2022.

La causa se originó en el marco de una serie de reclamos por acceso a la información pública que en Tres Arroyos vienen exponiendo un mismo patrón: pedidos formales sobre asuntos de interés público, respuestas evasivas o directamente inexistentes, y la necesidad de terminar recurriendo a la Justicia para obtener lo que por ley debería estar disponible.

En el caso del agua, la acción judicial fue impulsada por una ciudadana con patrocinio legal, y el fallo firmado por el juez Gabriel Giuliani remarca algo central: la Municipalidad, como prestadora del servicio de agua y cloacas, tenía la obligación legal de responder a tiempo. No se trataba de un favor, ni de una concesión política. Se trataba de un deber legal frente a un pedido de información pública ambiental.

La sentencia, sin embargo, tiene un límite. Aunque reconoce el incumplimiento y le da la razón al reclamo, no impone todavía sanciones ni medidas concretas para obligar en lo inmediato a una entrega efectiva de documentación. En ese punto, el fallo deja asentada la infracción, pero no cierra todavía la discusión sobre las consecuencias prácticas de esa conducta.

Aun así, el valor político e institucional del pronunciamiento es fuerte. No solo porque se trata de agua, uno de los temas más delicados para la salud pública local, sino porque confirma judicialmente algo que el discurso oficial intenta negar hace tiempo: que la Municipalidad no está respondiendo como corresponde cuando se le pide información de interés colectivo.

Además, este fallo no aparece aislado. Se suma a las sentencias ya conocidas sobre el Fondo Educativo y sobre la Dirección de Mujeres, Género y Diversidad, en las que la Justicia también rechazó las excusas oficiales y obligó al Municipio a entregar la información solicitada.

La diferencia es que en aquellos dos expedientes la Cámara fue más allá y ordenó la entrega concreta de documentación dentro de los 30 días hábiles desde que queden firmes las sentencias.

De esta manera, la gestión que encabeza Garate sufre otro traspié con la Justicia, mientras las deudas pendientes relacionadas al acceso a la información siguen acumulándose y se suman las interrogantes sobre la calidad del agua en Tres Arroyos

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