lunes 07 de octubre de 2024 - Edición Nº2930
Cronos Noticias » Municipios » 12 sep 2024 13:58

Rechazo total

Intendentes de la Primera sección y una cumbre de emergencia por las tasas municipales

Los jefes comunales, del espacio de Unión por la Patria, buscan definir una estrategia común y no descartan llevar el caso a la Justicia para evitar que la medida afecte las finanzas municipales.


  • Intendentes de la Primera sección y una cumbre de emergencia por las tasas municipales

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El último miércoles, intendentes de la Primera Sección Electoral se reunieron en la localidad bonaerense de Merlo, distrito encabezado por el intendente Gustavo Menéndez (Unión por la Patria), para diagramar una respuesta a la reciente medida de parte del Gobierno nacional sobre prohibir el cobro de tasas municipales junto a otros servicios públicos.  

Además de Menéndez, entre los asistentes a la reunión estuvieron: Mariel Fernández (Moreno), Ariel Sujarchuk (Escobar) y Lucas Ghi (Morón), entre otros.

Los jefes comunales buscan definir una estrategia común y no descartan llevar el caso a la Justicia para evitar que la medida afecte las finanzas municipales.

Las tasas de alumbrado público son un ingreso importante para los municipios, ya que se cobran directamente en las facturas de luz que emiten las empresas como Edesur y Edenor. Esto asegura un alto nivel de cobrabilidad, algo que podría complicarse si se obliga a facturarlas de manera separada.

El organismo bonaerense que regula la electricidad, Oceba, también expresó su rechazo a la decisión del ministro de Economia, Luis Caputo, argumentando que la ley provincial permite incluir estas tasas en las boletas de energía.

Según Oceba, esta medida nacional va en contra de las competencias provinciales. La discusión continúa, y los intendentes esperan encontrar una solución.

La decisión de Nación

La medida fue establecida en el Boletín Oficial mediante la Resolución N° 267/24 de la Secretaría de Comercio, que dirige Pablo Lavigne.

En su artículo primero dicta: "La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor.

"No pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable", agrega la reglamentación.

Así las cosas, surgen más repercusiones y rechazos a la decisión tomada desde el Gobierno nacional, la cual que afecta directamente a los municipios del país.

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