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El ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires dispuso la obligatoriedad del Domicilio Vial Electrónico (DVE) para aquellos usuarios interesados en realizar trámites tales como licencias de conducir, VTV y multas de tránsito.
La medida entró en vigencia el 1 de junio de 2023 en base a la Resolución N° 125/2023, y la constitución del DVE será requerida a los ciudadanos que deban realizar trámites o gestiones en distintas áreas institucionales de la cartera a cargo de Jorge D’Onofrio.
El objetivo de la normativa es agilizar los procesos administrativos, así como brindar más seguridad en términos jurídicos a los usuarios.
Asimismo, el DVE permite una comunicación más fluida para la información de avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y otras cuestiones que facilitan los mecanismos de gestión a las y los ciudadanos.
Toda persona mayor de 18 años que tenga la expresa autorización de sus padres o tutores, y que deba efectuar cualquier trámite en Centros de Emisión de Licencias de Conducir, Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, talleres de Verificación Técnica Vehicular, y en el portal oficial del Ministerio de Transporte.
Para los conductores particulares, el trámite debe realizarse en persona, completando un formulario físico o en línea al realizar trámites presenciales en las dependencias mencionadas.
También se puede realizar a través del portal oficial del Ministerio de Transporte (https://www.gba.gob.ar/transporte), siguiendo las indicaciones y manuales de registro proporcionados.
En el caso de las empresas, el Domicilio Vial Electrónico debe ser constituido por su representante legal o apoderado con suficientes facultades.
Es importante destacar que los instrumentos de comunicación recibidos en el Domicilio Vial Electrónico serán accesibles para el representante legal y aquellos a quienes este haya delegado el acceso.
Los usuarios deben ingresar al sitio web https://domiciliodigital.gba.gob.ar y acreditar su identidad mediante proveedores certificados que garanticen un nivel de seguridad sustancial o superior.
Es importante realizar este último paso ya su omisión no será motivo de nulidad de avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones, o similares según lo establecido en la Resolución 125/2023.
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