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Cronos Noticias » Nación » 3 ene 2023 12:02

Actualización de valores

Cambios en el monotributo: nuevas escalas y fecha límite para pagar la primera cuota 2023

Afip publicó la actualización de valores de los ingresos brutos con carácter progresivo y la primera cuota del 2023 se podrá pagar hasta el 20 de enero.


  • Cambios en el monotributo: nuevas escalas y fecha límite para pagar la primera cuota 2023

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) anunció que a partir de enero regirán nuevas escalas y, de ser necesario, los contribuyentes deberán realizar el trámite para su recategorización.

También confirmó que habrá tiempo hasta el 20 de enero próximo para abonar la primera cuota del monotributo correspondiente al año 2023, y que el cambio en los valores en torno a los ingresos brutos será progresivo a lo largo del año.

En el comunicado de prensa que lanzó Afip señalaron: “La actualización en los valores en los ingresos brutos tiene un carácter progresivo ya que las categorías de menores ingresos podrán facturar un 100% más en relación a un año atrás, un incremento que se encuentra por encima de lo que variaron los precios en el mismo período”.

“Se mantiene la bonificación del componente impositivo para los monotributistas A y B”, remarcó el titular de la Afip, Carlos Castagnetto.

La ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías más bajas, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia, ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.

Para verificar si están alcanzados, la AFIP explicó que los monotributistas “deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal”. Para el resto de los monotributistas, el pago del componente impositivo debe realizarse de forma habitual, el 20 de este mes.

Por otro lado, anunciaron que entrarán en vigencia las nuevas escalas con la actualización semestral de los ingresos brutos. Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto de la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Desde la AFIP señalaron que cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización. “El importe nuevo correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización”.

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