jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº2765
Cronos Noticias » Sociedad » 12 oct 2022 12:13

Restricciones cambiarias

“Dólar Qatar”, cuál es el límite para gastar antes del impuesto extra

Esta nueva medida entrara en vigencia a partir del miércoles y está destinada a los gastos en moneda extranjera realizados en tarjeta de crédito y débito.


  • “Dólar Qatar”, cuál es el límite para gastar antes del impuesto extra

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Las nuevas medidas cambiarias anunciadas por el Gobierno entraran en vigencia a partir del día miércoles, están destinadas al conocido como dólar turista o también llamado “Dólar Qatar” y el objetivo son aquellos gastos que se realicen en moneda extranjera a través de tarjetas de crédito como de débito.

De esta manera a los gastos en pasajes y paquetes turísticos así también como los bienes suntuarios o de "lujo" que superen los 300 dólares al mes se les sumará un 25 por ciento extra en concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.

La ecuación que aplicarán es la siguiente: valor oficial ($157), más impuesto PAIS (30%), la adición de la percepción a cuenta de Ganancias (45%) y ahora la precepción del 25% a cuenta de Bienes Personales.

Mientras que todos aquellos consumos que no superen los 300 dólares por mes continuarán con el tipo de cambio de $274 vigente actualmente (valor oficial + Impuesto PAIS + adelanto de Impuesto a las Ganancias 45%).

Cabe destacar que entre los bienes suntuarios o "de lujo" que abarca esta nueva disposición se encuentran la adquisición de automóviles y motos de alta gama; jets privados, barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.

Impuestos también para recitales

En el último tiempo con la llegada de artistas internacionales al país muchos se volcaron a la compra de entradas para conciertos por lo que el Gobierno también decidió tomar medidas en ese sentido.

Por lo que a los servicios contratados en el exterior de recreaciones y actividades artísticas como recitales o actividades deportivas, entre otros, pagarán el impuesto PAIS del 30% para girar dólares a otro país. Según informaron mensualmente se giran al exterior un promedio de 20 millones de dólares en gastos de esta categoría.

Por último fuentes oficiales le confirmaron a Télam que se trata de "una medida de carácter impositivo, no se toca el tipo de cambio. No es una medida cambiaria".

Además aseguraron que estas medidas están previstas en la normativa del FMI conocida como "devaluación fiscal" de manera que no afectaría al programa acordado con el Fondo.

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