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Con el fin de “garantizar el derecho de las personas con discapacidad a acceder, deambular y permanecer en espacios públicos o de uso público, en compañía de un perro de asistencia”, el Senado de la Provincia de Buenos Aires avanza una normativa propia a pesar de la ley nacional de perros guía sancionada hace más de una década.
El proyecto fue impulsado por la senadora del PRO, Daniela Reich, que propone a los perros guía como sujetos de derecho y obtuvo dictamen favorable por unanimidad en la comisión de Legislación General esta semana, donde los legisladores escucharon la exposición de la psicomotricista y fundadora de Bocalán Argentina, que se encargan del entrenamiento de perros guía, Margarita Ziade.
Ziade mencionó: “Para muchas personas con discapacidad es muy importante que avance este proyecto. Existe una ley nacional, pero sigue en proceso de reglamentación. En la provincia este derecho se ve vulnerado por la falta de una normativa realmente inclusiva y en la Ciudad de Buenos Aires la que rige es muy pobre”.
El proyecto de ley pretende garantizar el ingreso de personas con discapacidad con perros guía a “establecimientos gastronómicos, hoteleros, balnearios, locales comerciales, oficinas del sector público y privado de atención al público, lugares de ocio y tiempo libre, centros deportivos y culturales, establecimientos de enseñanza pública o privada, establecimientos religiosos, centros sanitarios y asistenciales, y al transporte público o privado de pasajeros”, entre otros.
La fundadora de Bocalán Argentina destacó que “se trata de un proyecto bastante amplio que contempla varios puntos importantes”. “Es relevante que la Provincia pueda tener una ley y dejé las acciones de discriminación. No paran de suceder estos hechos. La mayoría de los perros de asistencia residen en la Provincia de Buenos Aires, nosotros tenemos entregados más de 40, a los que le hacemos seguimiento”, agregó.
“Se tiene que educar a los locales gastronómicos. Estos perros no son de compañía, ni mascotas, son animales de asistencia técnica. Es una ayuda técnica que evita comportamientos de los niños con autismo para que puedan tener una vida social más inclusiva. A nivel internacional todos los perros de asistencia tienen acceso público”, dispuso Ziade.
La iniciativa de ley de perros guía es una reproducción de un proyecto que ya había obtenido la media sanción en la Legislatura bonaerense y obtuvo informes favorables de la Dirección de Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social provincial, de Bocalán Argentina y del Consejo Provincial de Discapacidad (COPRODIS).
La ley de perros guía que trata el Senado bonaerense también establece las condiciones que deben cumplir los animales para ingresar a los establecimientos públicos y de uso público.
Los perros deben contar con una certificación del centro de entrenamiento, prestar servicio como perro de asistencia a un usuario, disponer de un documento sanitario oficial, estar esterilizado, no sufrir enfermedades transmisibles a las personas, estar vacunado y pasar controles obligatorios determinados por la Autoridad de Aplicación y las autoridades sanitarias en atención a la situación epidemiológica de cada momento.
Además, debe estar desparasitado interna y externamente, con la periodicidad que se determine reglamentariamente y tiene que presentar buenas condiciones higiénicas, que muestren un aspecto saludable y limpio.
La ley establece multas para los establecimientos públicos que no garanticen el ingreso de las personas con discapacidad que llegan acompañados
Las infracciones leves tienen multa entre el 200 y el 400% del sueldo básico mensual de un agente de la categoría más baja del escalafón administrativo provincial y con régimen de treinta horas.
Por única vez, si el infractor lo solicita, se podrá dejar en suspenso la aplicación de la multa. En ese caso, se le impondrá al infractor el cumplimiento de una medida alternativa y socioeducativa con asistencia obligatoria a un programa de capacitación sobre los derechos reconocidos en la presente.
Las infracciones graves tienen multa entre el 400 y el 800% del sueldo básico mensual de un agente de la categoría más baja del escalafón administrativo provincial y con régimen de treinta horas. La infracción grave que se refiere a los malos tratos al perro de asistencia será castigada con lo que establezca la legislación vigente en cuanto a protección de los animales.
Las infracciones muy graves contemplan una multa entre el 600 y el mil 1000% del sueldo básico mensual de un agente de la categoría más baja del escalafón administrativo provincial y con régimen semanal de 30 horas.
En caso de que la infracción se trate de la vulneración o impedimento de acceso, deambulación o permanencia de personas usuarias de perros de asistencia en espacios de titularidad privada, y el infractor sea reincidente, podrá aplicarse como accesoria una sanción de hasta treinta 30 días de clausura.
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