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Cronos Noticias » Provincia » 28 jul 2022 17:11

A tener en cuenta

¿Cuáles son mis derechos si alquilo?: la Defensoría del Pueblo lanzó una guía

Para llevar al común de la población los principales puntos a considerar a la hora de firmar un contrato de alquiler, presentaron un nuevo material.


  • ¿Cuáles son mis derechos si alquilo?: la Defensoría del Pueblo lanzó una guía

En el marco de una polémica por la Ley de Alquileres, y el desconocimiento sobre algunas cuestiones sobre la misma, la Defensoría del Pueblo bonaerense, a cargo de Guido Lorenzino, presentó una guía de uso público con herramientas y datos para tener en cuenta a la hora de alquilar.

Este material digital “Alquileres: Guía de derechos”, para aquellas personas que alquilan, fue impulsado por medio del área de Alquileres de la Defensoría, coordinada por Jerónimo Guerrero Iraola. A través de la misma, se detalla información técnica y explica los principales puntos que se deben tener en cuenta al momento de firmar un contrato de alquiler en el marco de la Ley 27.551.

En cuanto a esto, Guerrero Iraola sostuvo: “El lanzamiento de la guía es principalmente orientar, asesorar y ayudar al momento del inicio de los trámites a los inquilinos o inquilinas, destacando ejes como el depósito de garantía, duración del contrato, honorarios profesionales, obligaciones de los locatarios, entre otros puntos”.

Ante cualquier consulta, la Defensoría del Pueblo tiene sus canales oficiales para contactarse: a través de WhatsApp +54 9 221 358-1323, de la línea gratuita 0800-222-5262, por redes sociales @defensoriaPBA, o personalmente a cualquiera de las delegaciones.

Qué dice la guía de la Defensoría

Garantías

Tenés que verificar que las garantías cumplan con las condiciones: que la garantía propietaria no esté embargada, ni el titular inhibido.

Reserva de alquiler “ad referéndum”

Es una oferta para el alquiler de un inmueble que se realiza a través de un profesional inmobiliario. Se ofrece una suma de dinero, se la transmite al propietario y éste acepta o realizará una contrapropuesta.

Diferencia con la seña

La entrega de una seña es la confirmación del negocio, excepto que haya acuerdo en la posibilidad de arrepentirse. En el caso de arrepentimiento, quien hizo la seña la pierde

en beneficio de la otra parte, y si el que se arrepiente es el que la recibió, debe restituir

el doble del dinero tomado.

En una reserva, si se rechaza el alquiler porque

el inquilino no cumple con los requisitos,

se devuelve la suma aportada; si se arrepiente

el inquilino podrá perder el dinero entregado.

Antes de firmar un contrato de alquiler

Visitá y revisá el inmueble para conocer las condiciones, el funcionamiento de sus artefactos, etc. Acordá dónde se pagará el alquiler y a quién. Intentá evitar cláusulas que cobren intereses desproporcionados por el pago fuera de término. El plazo mínimo de duración del contrato es de tres años. El depósito no puede superar el monto de un mes de alquiler.

¿Se puede rescindir el contrato anticipadamente?

Sí. El inquilino puede hacerlo voluntariamente, debiendo notificar su decisión al locador a partir de los seis (6) meses, pagando una indemnización al propietario equivalente a un mes y medio

de alquiler si lo hace antes del primer año

de locación y de un mes si es después. En los contratos de inmuebles destinados a vivienda, cuando la notificación al locador se realiza con una anticipación de tres (3) meses o más, transcurridos al menos seis (6) meses de contrato, no corresponde el pago de indemnización por rescindir anticipadamente.

El propietario no puede rescindir voluntariamente excepto que se adeuden más de dos meses

de alquiler o se utilice el inmueble para fines distintos a los convenidos, por ejemplo:

la apertura de un local comercial en un alquiler destinado a vivienda.         

¿Es imprescindible alquilar a través de una inmobiliaria?

No. Los propietarios y los inquilinos pueden efectuar un contrato sin intermediación.

Honorarios

Un martillero colegiado puede cobrar hasta un 4% del valor del contrato; este gasto puede ser compartido entre el inquilino y el propietario. Aunque una de las partes puede asumir la totalidad del pago de los honorarios Un abogado puede vender un contrato y podrá cobrar en tal concepto entre el 1 y el 5% del valor total del contrato.

¿Quién debe pagar las expensas?

El inquilino paga únicamente las expensas provenientes del gasto habitual común (gastos de limpieza, mantenimiento de ascensores, salario del encargado, desinfección, agua y luz comunes). El propietario paga las expensas extraordinarias (pintura del edificio, reformas, mejoras).     

Pago de servicios

El inquilino no tiene que pagar impuestos como ARBA o ABL, ni las expensas extraordinarias. Sí debe abonar los servicios públicos que contrate.

¿En qué momento te devuelven el depósito?

El depósito puede ser solicitado una vez se devuelvan las llaves si no existe ninguna deuda. Si el inquilino mantiene deudas (expensas, servicios o alquiler) deberá saldarlas antes de solicitar la devolución de éste y se deben entregar las constancias de los pagos realizados.

El propietario no puede retener el depósito

o parte de éste sin justificación de causa.

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