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Cronos Noticias » Legislatura » 14 jun 2022 14:03

Trabajo legislativo

Avanza en comisiones del Senado la reforma a la Ley de adopción de estatales

Las modificaciones y ampliación son impulsadas por un senador provincial en base a la ley vigente, que tiene una antigüedad de nueve años.


  • Avanza en comisiones del Senado la reforma a la Ley de adopción de estatales

En el marco de una serie de cambios a nivel nacional y provincial en cuanto a las leyes de licencias parentales, desde la Cámara Alta de la Legislatura bonaerense impulsan nuevas licencias por adopción que contemplan a los estatales bonaerenses.

Este proyecto fue presentado por el senador del Frente de Todos, Marcelo Feliú, y se encuentra en estudio de la comisión de Niñez, Adolescencia y Familia que tiene a su cargo Alfredo Fisher, también del Frente de Todos, y Yamila Alonso, de Juntos.

En cuanto al avance del proyecto para su posible sanción, si bien hay acuerdos y tratativas para llevarlo adelante, todavía no hay una definición en cuanto a los tiempos, así como los pormenores de lo que podría ser la nueva Ley de Adopción en provincia de Buenos Aires.

Cabe recordar que el año pasado, el gobernador Axel Kicillof llegó a un acuerdo con estatales de la Provincia para que se amplíen las licencias parentales, incluidas la de adopción. Lo propio se dio con Alberto Fernández, que este año presentó un plan de licencias “más equitativas” y que contemplen los regímenes de adopción.

Entre los puntos principales de este proyecto, se encuentran el aumento en la cantidad de días de licencias, mientras que se agregan días por trámites, vinculación previa con el infante, y por alimentación y cuidado.

Cuáles son las modificaciones a la Ley vigente

La Ley que rige en este aspecto es la N° 14.528 y fue sancionada en el año 2013. Los cambios que se contemplan son los siguientes:

En el artículo 6, se reafirma el asesoramiento gratuito de abogados que se especialicen en niñez y adolescencia, aunque quita del medio a Defensoría Oficial. En el caso del artículo 7, se modifica el plazo máximo que tiene el juez para resolver la situación, pasando de seis meses a 90 días.

A su vez, en el artículo 9 contempla un plazo de 24 horas para que el organismo administrativo informe al juez sobre la situación de adoptabilidad, si no se encuentran familiares o tutores del niño.

En el artículo 10, se determina que el organismo administrativo deberá presentar al juez un informe con los antecedentes y documentación del caso y el dictamen sobre la situación de adoptabilidad del niño o adolescente.

Finalmente, el agregado en un nuevo artículo es que a partir de este proyecto, se suma las licencias por trámites judiciales o administrativos y por etapa de vinculación previa.

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