A partir de la información que brindaron oficialmente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), extendió el plazo de entrega de las deducciones del Impuesto a las Ganancias que corresponde al año 2021. Si bien, la fecha límite era el 31 de marzo, ahora estará abierto hasta el 13 de abril. Cabe destacar que este trámite puede hacerse digitalmente.
Aquella información que fue ingresada como “pagos a cuentas” debe ser informada mediante el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), presentando el formulario web F572. Este trámite se puede hacer por internet, siempre y cuando se cuente con una fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.
En la página de la AFIP, podrán presentarse estas deducciones, y también otras percepciones que se hubieran realizado en el período, junto con ingresos adicionales en caso de tener más que un empleo.
Este cambio de fecha fue publicado este mismo jueves en el Boletín Oficial, mediante la Resolución General 5165/22. Originalmente, se podía entregar hasta el 31 de marzo, y se extendió hasta el 13 de abril.
¿Cómo es el trámite?
Esta información puede cargarse en la web de AFIP mediante el sistema SIRADIG - Trabajador.
Una vez allí, deben presentarse datos personales y los datos del empleador.
Posteriormente, se cargarán las distintas deducciones y desgravaciones en el formulario web, que una vez terminado serán enviados al empleador.
¿Qué conceptos es necesario deducir mediante el Impuesto a las Ganacias?
Entre los puntos más destacados a declarar, se encuentran:
Cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente)
Remuneración del personal de casas particulares
Hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante la AFIP
Cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social
Intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación
Donaciones realizadas a diferentes instituciones
Importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio