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Cronos Noticias » Provincia » 26 nov 2021 11:49

Revés judicial

Otro fallo judicial en contra de Pedidos Ya: piden regularizar repartidores

Después de la denuncia del Ministerio de Trabajo bonaerense al respecto, tres tribunales provinciales le dieron la derecha al organismo estatal.


  • Otro fallo judicial en contra de Pedidos Ya: piden regularizar repartidores

Nuevamente, otro tribunal de Trabajo reconoció la relación laboral con los repartidores de las aplicaciones Glovo, Rappi y Pedidos Ya, algo que fue denunciado desde el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires. De esta manera, los tribunales de Trabajo N°1, N°2 y N°4 de La Plata confirmaron esta sentencia.

Ya son tres los tribunales de Justicia que confirmaron el resultado de las inspecciones realizadas por la cartera laboral y que acreditaron que las empresas de plataforma tienen una relación laboral con los repartidores.

Recientemente, el Tribunal de Trabajo N°1 confirmó este viernes la multa impuesta a la empresa Pedidos Ya por irregularidades con los trabajadores. Allí, y como antes lo hicieran otros dos tribunales, consideraron que existe relación de dependencia entre los repartidores y la firma.

Esto, se suma a una medida adoptada por el Tribunal de Trabajo No 2 del Departamento Judicial La Plata contra la empresa Rappi, el 29 de septiembre con argumentos similares.

Por otro lado, el Tribunal del Trabajo No 4 de La Plata también confirmó el 10 de septiembre la vigencia de las multas a la plataforma digital Glovo por un incumplimiento similar de las normativas laborales.

Estas sanciones, aplicadas en junio, se desprendieron de un operativo realizado en 2020 en el que se relevó la situación de 172 trabajadores de La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza.

En este relevamiento, el Ministerio de Trabajo detectó entonces la falta de cobertura en materia de salud laboral, pago de aguinaldo y el otorgamiento de vacaciones entre más del 97% de los repartidores.

El fallo

Después que la empresa apelara las anteriores instancias, el Tribunal de Trabajo N° 1 hizo hincapié en que la Constitución bonaerense manda al Estado provincial a ejercer “el poder en materia de policial laboral”.

“Más allá de sostener lo contrario en algún pasaje de su defensa, admite la prestación de servicios por parte de los repartidores a quienes se vincula mediante un contrato comercial –que adjuntó como prueba instrumental-, mediante los cuales desarrolla su objeto de explotación, esto es el delivery de comidas y paquetería a domicilio, dentro de lo que denomina e-commerce”, sostuvo el Tribunal.

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