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Con bombos y platillos, hace unas semanas desde el Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación anunciaron que se flexibilizó el acceso a créditos a Tasa Cero para monotributistas.
“Atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios”, destaca la resolución 626/2021”, se destalló en el Boletín Oficial el día del anuncio.
De esa forma, el gobierno nacional dijo que se suprimió el requisito establecido en los casos de solicitantes que registran factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, quienes podían acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre de 2021, se verificaba que su facturación no era superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.
También, desde el Ministerio de Desarrollo Productivo dijeron que se eliminó la condición para aquellos que no registran factura electrónica, quienes podían acceder cuando ese mismo promedio –que surgía de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios- era inferior al 80% de la suma que resultaba de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.
En ambos casos, para los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A, se tomaba como límite la suma de $ 20.800.
Por otra parte, desde la administración nacional informaron que se suprimió también el impedimento que regía sobre los monotributistas que prestaban servicios al sector público nacional, provincial o municipal.
Sobre este último punto, in embargo, lo que no informaron en detalle es que los monotributistas que prestan servicios al sector público nacional, provincial o municipal no cuentan con la flexibilización completa.
La Resolución 626/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo sostiene: “Se estableció que no podrían ingresar al beneficio los sujetos que presten servicios al Sector Público Nacional, Provincial o Municipal, debiendo considerarse al beneficiario incurso en tal situación cuando por lo menos el SETENTA POR CIENTO (70 %) de su facturación electrónica del promedio mensual del primer semestre del año 2021 haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integran dicho sector”.
Más allá de esta situación, desde la AFIP informaron que en esta oportunidad, el Crédito a Tasa Cero puede solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2021. Cada monotributista contará hasta el 20 de enero de 2022 para realizar todas las gestiones que sean necesarias.
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