Mara Ruiz Malec, ministra de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, elogió la sanción del Tribunal de Trabajo N° 2 de la Ciudad de La Plata, que condenó a la empresa Rappi a pagar una multa de más de 16 millones de pesos por el delito de incumplimiento de leyes laborales.
Para la ministra, el hecho de que la Justicia haya avalado la multa del Gobierno bonaerense a la empresa Rappi: "Es una oportunidad para regularizar esta actividad y que más trabajadores puedan incorporarse al mundo de los derechos".
La sanción fue adoptada por el Tribunal de Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial La Plata que integran los jueces Juan Ignacio Orsini, Julio César Elorriaga y Carlos Mariano Núñez, los que decidieron la multa de más de 16 millones de pesos aplicada por el Ministerio de Trabajo bonaerense a la firma Rappi Argentina.
“Las empresas de reparto hablan de trabajo independiente, pero uno ve todo lo contrario" y graficó que los empleados de reparto "pueden ser cancelados, no deciden lo que cobran, y pueden ser expulsados. Se dan todos los lineamientos de una relación de dependencia y siguen diciendo que son colaboradores", dijo la ministra en diálogo con Radio Provincia.
Además, agregó: "El Tribunal 2 y el Tribunal 4 se han expedido ya a favor del Ministerio de Trabajo y han dado cuenta de una relación laboral no cubierta. De las empresas de plataforma, ésta es las más evidente en la que hay una relación de dependencia".
A partir de las actas labradas el año pasado por el Ministerio de Trabajo, Rappi incumplió diversas normas laborales en la relación de empleo con sus repartidores, entre las que se encontraban la no exhibición de recibos de pagos de haberes y de afiliación a la ART.
"No existe el cuentapropismo de la aplicación de delivery como se puede pensar en una plataforma de profesional, acá dependen claramente de la plataforma", destacó Ruiz Malec.
“El trabajador depende absolutamente de la empresa que tiene la aplicación. Son empresas que lograron hacer escala de una tarea muy atomizada, y eso nos debe permitir regularizar la actividad, no precarizarla”, añadió la titular de Trabajo. A su vez, reflexionó: “No queremos que a ninguna firma le vaya mal. Encontraron una forma de hacer escala en esto, y eso debería permitirnos avanzar en la formalización de los trabajadores".
“Pueda dar pie para que haya una conversación entre la empresa y los trabajadores y poner eso en orden. Si tienen un accidente no están cubiertos como otros trabajadores, no tienen días por enfermedad y otros derechos básicos en empresas que son grandes", contó.
En la resolución, los letrados desestimaron el planteo de incompetencia territorial introducido por la empresa y rechazaron la petición tendiente a declarar la inconstitucionalidad de la norma que impone el pago previo de la multa aplicada.
Otro antecedente a este punto se dio a principio de mes en el Tribunal del Trabajo N°4 de La Plata que confirmó la multa de $ 6.318.000 contra la empresa Glovo por infracciones cometidas en 2020 y constatadas por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.
Esto, se labró en diversos procedimientos llevados a cabo en las ciudades de La Plata, Quilmes, Martínez, Vicente López, San Isidro, Avellaneda, Lanús, Ramos Mejía, Lomas de Zamora y Banfield.
A partir de las actas presentadas por la cartera laboral, sostienen que Kadabra SAS, conocido bajo el nombre de Glovo, mediante el uso de una plataforma digital: "Resulta ser empleadora, en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), de trabajadores respecto de los cuales no cumple con la normativa específica".