miércoles 17 de abril de 2024 - Edición Nº2757
Cronos Noticias » Sociedad » 10 sep 2021 15:28

A tener en cuenta

Cuáles son las excepciones para ir a votar y las multas para quienes no vayan

Las personas que no se presenten a votar en las PASO del 12 de septiembre y no justifiquen su ausencia, deberán pagar una multa de 50 pesos. Caso contrario, quedarán registrados como infractores.


  • Cuáles son las excepciones para ir a votar y las multas para quienes no vayan

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Las personas que no se presenten a votar en las elecciones PASO del 12 de septiembre y no justifiquen dicha ausencia, deberán abonar una multa de 50 pesos. En el caso de las generales del 14 de noviembre, dicho importe asciende a 100 pesos.

Mientras no se pague la penalidad -que se puede hacer por medios electrónicos o personalmente en el Banco Nación- quedarán registrados como infractores, por lo que no podrán hacer trámites ni obtener el pasaporte durante un año. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años.

¿Cuáles son las excepciones para ir a votar?

Aquellas personas que tengan Covid; quienes sean caso sospechoso o contacto estrecho de un caso positivo y grupos de riesgo que por indicación médica no tengan que ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.

Si bien quienes presenten algún síntoma compatible con el Covid estarán exceptuados de votar, podrán hacerlo si así lo desean. 

Si una persona no fue a votar por estar enferma, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Tiene 60 días a partir de la elección para presentarse en la dependencia correspondiente a su domicilio.

Si el votante se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar por “motivos razonables”, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia.

TE PUEDE INTERESAR

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

VIDEOS