martes 16 de abril de 2024 - Edición Nº2756
Cronos Noticias » Sociedad » 9 ago 2021 09:00

Según la Cámara Electoral

Quiénes estarán exceptuados de votar en las elecciones legislativas 2021

La Cámara Nacional Electoral diseñó un protocolo, tanto para las PASO como para las generales que muestran quiénes son las personas que tendrán autorización legal para no votar.


  • Quiénes estarán exceptuados de votar en las elecciones legislativas 2021

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Según determinó la Cámara Nacional Electoral (CNE), los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de Covid-19 o que tengan síntomas compatibles ("caso sospechoso") con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean "contacto estrecho" de otro contagiado, estarán autorizados legalmente para no votar en las elecciones de este año.

La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente.

Así lo determinó la Cámara Electoral en el artículo 11 de la acordada 83, en el que estableció un "protocolo sanitario" para la realización de los comicios en este contexto de pandemia.

Dato no menor, la CNE estableció que en caso de que un ciudadano "exija ejercer su derecho al sufragio" a pesar de estar en aislamiento por contagio confirmado o sospechoso de Covid-19, el juez federal electoral del distrito "determinará el procedimiento de emisión de voto", para lo cual "deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas" para "garantizar la salud de las demás personas".

Así lo establece la acordada extraordinaria 83 de la Cámara Electoral, emitida el martes pasado tras haber sido votada por el presidente, Santiago Corcuera, y los otros dos camaristas, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, y que en su artículo 11 contiene el "Protocolo sanitario contra el Covid-19".

En cuanto a los ciudadanos que tengan un PCR positivo confirmado, síntomas compatibles con Covid o hayan estado en contacto estrecho con alguien cursando la enfermedad y que, por lo tanto, no quieran sufragar, podrán tramitar el justificativo de no emisión del voto a través del portal web de la Cámara, en la sección de infracciones al acto electoral.

Sobre ese punto, el artículo 10 de la acordada establece que podrán hacer esa solicitud a través de Internet "quienes a la fecha de la elección estén cumpliendo protocolos de aislamiento de Covid-19 (por contagio confirmado, caso sospechoso o contacto estrecho), como así también quienes por estar comprendidos dentro de los grupos de riesgo tuvieran indicación médica de no concurrencia a espacios de las características de un establecimiento de votación".

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