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El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense dispuso recategorizar las distintas infracciones por incumplimiento a la Ley de Tránsito de Minerales en la provincia de Buenos Aires. En ese sentido, las multas, que no habían sido actualizadas en los últimos siete años, llegaron a subir hasta un 300 por ciento en algunos casos.
A partir de los cambios en las categorizaciones y del reajuste en los montos de las sanciones, la Provincia busca desalentar la competencia desleal, evitar la evasión impositiva y conocer con mayor exactitud los volúmenes de minerales que son extraídos y comercializados en el territorio bonaerense.
Las modificaciones, que regirán a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la nueva norma y que abarcan todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires en lo que respecta al transporte de minerales ya sea en ruta o ferrocarril, buscan dar respuesta al enorme incumplimiento al sistema de guías de tránsito detectado a partir de los procedimientos de control y fiscalización que viene llevando adelante la Subsecretaría de Minería bonaerense, órgano de control en la materia.
Una de las modificaciones más relevantes en la normativa es la incorporación de la figura de "reincidente" para quienes cometan más de una infracción en un plazo menor a 2 años, que recibirán sanciones más duras. En estos casos, además, no tendrán el beneficio de reducción del monto por pago voluntario y el infractor cumplirá su obligación con la cancelación del 100 por ciento del mínimo de la multa aplicable.
La circulación de vehículos de transporte de carga que exceden el peso permitido se traduce en un factor de riesgo para todo el que transita por rutas y caminos en el territorio bonaerense, provocando graves daños en la infraestructura vial y generando gastos adicionales de mantenimiento para el Estado provincial. Ante ello, toda medida que busque impedir la sobrecarga debe entenderse como beneficiosa para toda la ciudadanía.
La cartera productiva bonaerense dispuso un ajuste de los montos que deberán abonar quienes infrinjan la normativa sobre la Guía Única de traslado para el tránsito de Sustancias Minerales, implementada por la Ley 13512 y por la cual toda persona física o jurídica que transporte o comercialice sustancias minerales o subproductos triturados, molidos y en bloque en el territorio de la provincia, están obligadas a solicitar expedir dichas guías.
Desde la Subsecretaría de Minería bonaerense informaron que a partir de la aprobación de la Resolución nº 284/21, se restablecieron los valores de las multas y se endurecieron las sanciones relacionadas con el incumplimiento a la Ley de tránsito de minerales. Esto se da a partir de la derogación de la Resolución nº 351/14 que clasificaba las infracciones y establecía montos de las multas para quienes transportan este tipo de material por las rutas bonaerenses.
La nueva resolución presenta modificaciones en la clasificación de las infracciones incluyendo más tipificaciones dentro de las categorías de "infracciones graves", incorporando sanciones más altas y estableciendo nuevas penalidades.
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