viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº2766
Cronos Noticias » Nación » 30 abr 2021 09:23

La segunda ola

Alberto anunció que las medidas de restricción siguen vigentes hasta el 21 de mayo

En un mensaje grabado desde la Casa de Gobierno, el Presidente destacó que se ha “contenido el crecimiento exponencial de casos de coronavirus en el AMBA" pero advirtió que "la situación no está resuelta".


  • Alberto anunció que las medidas de restricción siguen vigentes hasta el 21 de mayo

COMPARTIR ESTA NOTICIA

El mandatario dijo que "para el conjunto del país hasta el 21 de mayo continúan las mismas medidas actualmente vigentes" para reducir la circulación y mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus.

"Hay zonas del país que están en situación de alarma epidemiológica, donde el sistema de salud está muy tenso. Allí se restringirá circulación y actividades locales hasta 19 horas y el dictado de clases exclusivamente será a distancia", anunció el Presidente.

"Hay zonas del país que están en situación de alarma epidemiológica, donde el sistema de salud está muy tenso. Allí se restringirá circulación y actividades locales hasta 19 horas y el dictado de clases exclusivamente será a distancia", anunció Alberto Fernández.

La medidas vigentes desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo     

Según 3 factores (razón -aumento de casos en últimos 14 días-; incidencia -cantidad de casos sobre población- y ocupación camas de UTI los lugares del país se clasifican en 4 categorías:

1 Situación de bajo

2 Medio

3 Alto riesgo epidemiológico y sanitario

4 Alarma epidemiológica y sanitaria.

Medidas generales todo el país:

Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2 e b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes)):

- Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: mayor a 1.20 e b) Incidencia: mayor a 150 c/ 100.000 habitantes)

Alberto

Reuniones sociales:

-           Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

-           Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

Horario de cierre gastronomía: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

Actividades suspendidas:

-Centros comerciales y shoppings.

-Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

-Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

Restricción en ámbito educativo.

Se suspenden las clases presenciales y las actividades  educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

Deportes: se prohíben los deportes grupales.

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

Horario de cierre gastronomía: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

Transporte público: solo para esenciales y autorizados.

TE PUEDE INTERESAR

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

VIDEOS