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Cronos Noticias » Provincia » 10 feb 2021 15:21

A tener en cuenta

Docentes embarazadas y de riesgo en la Provincia deberán entregar una actualización médica

La Dirección de Cultura y Educación bonaerense dispuso la resolución, que también rige para auxiliares. Es para no asistir a sus lugares de trabajo durante la pandemia.


  • Docentes embarazadas y de riesgo en la Provincia deberán entregar una actualización médica

Con motivo de la pandemia, la Dirección de Cultura y Educación bonaerense dispuso que docentes embarazadas, de riesgo y auxiliares deberán entregar una actualización médica antes de 22 de febrero para no asistir a sus lugares de trabajo. El trámite para mayores de 60 años se hace de oficio.

La medida tiene el objetivo de “mantener la vigencia de la autorización para no asistir a sus lugares de trabajo”. Las autorizaciones para mayores de 60 años se realizarán de oficio.

Así lo establece una resolución firma conjunta de la Dirección General de Cultura y Educación que se publicó hoy en el Boletín Oficial bonaerense. Rige para los cargos que dependen de esa cartera del Gobierno con regímenes establecidos en las leyes Nº 10.430, N° 10.449 y N° 10.579.

En ese sentido, el artículo 1 establece que las personas que estén cursando un embarazo o tengan algún factor de riesgo “deberán actualizar toda la información médica que fundamente su situación de salud a los fines de estar dispensados de asistir a sus lugares de trabajo, quedando habilitadas a llevar a cabo las tareas asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible”.

El período para cumplir el trámite de renovación empezó el 1 de febrero y tiene fecha límite el 22 de febrero, mientras que las actualizaciones por “razones de edad” se hacen “de oficio”.

Por otro lado, la resolución también establece pautas de procedimiento para cubrir los cargos, y dispone que el Consejo Escolar asignará “tareas de limpieza” a los auxiliares que tengan  “funciones de cocinero y/o ayudante de cocina y/o que están asignados en cualquier función en establecimientos educativos que no tienen programadas actividades presenciales diarias”.

Y subraya: “Las mismas podrán realizarse en cualquier establecimiento educativo del distrito cumpliendo para ello los parámetros de distancia desde el domicilio que se establecen en la citada normativa”.

Por último, establece que el personal que deba cumplir con días de aislamiento por contacto estrecho será considerada como que realiza sus tareas con  “excepción de la presencialidad”, y si se confirmara el contagio se aplicará una licencia.

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