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Cronos Noticias » Sociedad » 31 dic 2020 11:03

A tener en cuenta

A partir del 4 de enero: El IPS suma nuevos trámites de Atención No Presencial

Así lo informó el Instituto de Previsión Social. De este modo, los beneficiaries podrán realizar trámites a través de su página web.


  • A partir del 4 de enero: El IPS suma nuevos trámites de Atención No Presencial

El Instituto de Previsión Social informó que, a partir del lunes 4 de enero de 2021, tanto el trámite de Poder para Percibir cómo la tramitación de Propuesta de Pagos. podrán realizarse de manera virtual a través de su página web.

Para eso, es necesario ingresar a  www.ips.gba.gov.ar, Trámites No Presenciales y pedir un turno de Atención No Presencial, en Sede La Plata o bien en cualquier Centro de Atención Previsional (CAP) habilitado en el interior de la Provincia, según su domicilio de cercanía.

Desde el momento que se otorga el turno no presenical, es posible empezar a incorporar de forma online la documentación requerida para cada tipo de trámite, según se detalla de modo claro y simple al inicio del mismo.

Hay que tener en cuenta que la persona tendrá tiempo hasta el día del Turno No Presencial asignado para cargar la documentación. Si al día del mismo no se subió la documentación, pasará a estar vencido. Es necesario que los solicitantes preserven los originales de todo lo requerido para cada Trámite No Presencial, si fuera necesario el IPS podrá solicitarla.

 Para más información sobre los Trámites No Presenciales, hacé clic acá y mirá la guía paso a paso y el video tutorial.

Trámite Poder para percibir

No serán citados por el IPS en todos los casos de poderes para percibir confeccionados ante Escribano Público y o con firmas certificadas en formulario 173 por Escribano Público, Juez de Paz o autoridad competente (directores de geriátrico, hogares, clínicas y hospitales) y será remitida por mail la constancia de carga del poder.  

Quienes sí serán citados por mail serán aquellos que no hayan certificado su firma en el Formulario E173 Carta Poder por las autoridades competentes anteriormente nombradas. Comunicándoles la fecha y el horario que deberán concurrir al IPS Sede Central o al CAP más cercano a su domicilio.

Es importante aclarar que dicho trámite es para aquellos beneficiarios que lo inician por primera vez, recordando que los que ya tengan poderes para percibir otorgados por el IPS y actualmente se encuentren vencidos, la prórroga de los mismos, que se extendió hasta al 31 de marzo de 2021.

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