viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº2766
Cronos Noticias » Nación » 21 dic 2020 18:49

Por la Ley

El gobierno eliminó las retenciones a las exportaciones de los servicios de conocimiento

El decreto n° 1034/2020 que se publicó hoy en el Boletín Oficial reglamenta la ley de "Promoción de la Economía del Conocimiento". Mirá de qué se trata.


  • El gobierno eliminó las retenciones a las exportaciones de los servicios de conocimiento

El gobierno nacional reglamentó hoy mediante el decreto N° 1034/2020 la Ley de Economía del Conocimiento. El objetivo es promover nuevas tecnologías y generar valor agregado. Además, eliminó las retenciones a las exportaciones que se vinculan a servicios de conocimiento, lo que incluye a empresas de software, biotecnología y al sector audiovisual.

Por otro lado, se busca fomentar el empleo de calidad, el crecimiento y desarrollo de pymes y que aumenten las exportaciones de empresas dedicadas a la industria aeroespacial, de software, de nanotecnología, satelital, la industria audiovisual, la ingeniería para la industria nuclear y la robótica, etcétera.

Lo hizo mediante el decreto N° 1034/2020 publicado hoy y que confirma la reglamentación de la ley de "Promoción de la Economía del Conocimiento".

La Ley 27.570 que se sancionó en el Congreso de la Nación en el mes de octubre, ofrece beneficios fiscales para fomentar las actividades de este sector, por ejemplo la reducción segmentada del Impuesto a las Ganancias y rebajas de hasta el 70% en contribuciones patronales.

Por otro lado, se fija en 0% la alícuota de los aranceles de las exportaciones de servicios para las empresas que cumplan con todos los requisitos de la ley y se inscriban en el Registro.

Para obtener este beneficio que va de una baja de retenciones del 5 al 0%, los emprendimientos deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, que aún no se habilitó.

Por último, la ley fomenta que las empresas empleen mujeres, personas con discapacidad, residentes en zonas de menor desarrollo, travestis y transexuales a partir de beneficios adicionales en las contribuciones patronales.

Inscripción al Registro

Las empresas deberán demostrar que el 70% de facturación corresponde a la actividad promovida.

Si no es posible demostrar esa exigencia, se establecen criterios como el carácter estratégico de la firma; el porcentaje de personal afectado a las actividades promovidas; el grado de desarrollo de las actividades de Investigación y Desarrollo (I+D); la incorporación de las innovaciones a cadenas de valor estratégicas; la existencia de unidades de desarrollo e innovación formal dentro de la organización; y la comercialización de productos y servicios nuevos que hayan derivado del uso de las actividades promovidas.

TE PUEDE INTERESAR

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

VIDEOS