Con un informe técnico pormenorizado en el que analizó punto por punto la propuesta, el organismo que conduce Guido Lorenzino le presentó este estudio a la presidenta del cuerpo legislativo local, Ileana Cid, para buscar aportar a la redacción de un proyecto normativo que contemple los estándares de justicia restaurativa, y de promoción y protección de los derechos humanos.
En primer lugar, la Defensoría del Pueblo bonaerense observó que el anteproyecto configura “un modelo de intervención estatal verticalista y eminentemente punitivo”, por lo que recomendó la promoción de lineamientos propios de una justicia restaurativa, orientada al fortalecimiento de los lazos comunitarios, a la reparación de los daños, y a garantizar la no repetición de acciones, hechos, o situaciones dañosas.
“Es imperioso pensar un Código de Convivencia que prevea el diálogo, la participación ciudadana, y la posibilidad de gestar una pedagogía restaurativa para la resolución de conflictos”, expresó Lorenzino.
En esa línea, la Defensoría vio con preocupación la recurrencia, remisión y persistencia del arresto en la iniciativa. Por lo tanto, pidió que se lo tenga en cuenta como último recurso luego de agotadas las sanciones previstas, como las multas o amonestaciones, pero que se contemple también la asistencia a cursos, talleres, procesos de solución alternativa de conflictos, etc.
“Debemos ir hacia la erradicación de los arrestos en las dependencias policiales. Estas sanciones van en contra de la Constitución nacional y son una medida regresiva y contraria a los estándares construidos en materia de promoción y protección de los derechos humanos”, agregó el Defensor del Pueblo.
Entre otros de los puntos observados, la Defensoría hizo mención a la necesidad de incorporar, en forma expresa, la consagración del principio de igualdad y no discriminación, con la garantía normativa de que no se practicarán injerencias estatales y/o intervenciones basadas en distinciones de raza, color, sexo-genéricas, idioma, religión, opiniones, origen nacional, étnico, discapacidad, indígena o social, patrimonio, nacimiento, edad o cualquier otra condición.
También, que el Código tenga en cuenta a las personas no humanas sintientes, y a la naturaleza como sujetos de derecho, lo que permitirá colocarse a la vanguardia en lo que concierne a la no especialización de las violencias y la defensa del medioambiente.
Por otro lado, el organismo puso la lupa sobre una serie de artículos que podrían dar lugar a la persecución local de activistas, líderes y/o referentes de organizaciones, por lo que reclamó incluir estándares que garanticen el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, el derecho a la protesta y a reclamar a las autoridades.
A su vez, cuestionó diferentes postulados que podrían llevar a la injerencia indebida en las vidas y actividades de los recicladores urbanos, de las personas que ejercen la prostitución, y pidió que el autocultivo y/o el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados no puedan ser objeto de persecución local ni injerencias por parte del Estado.
“Estas son algunas de las observaciones que realizamos en base a los principios rectores en materia de promoción y protección de los derechos humanos, y la experiencia de gestión, intervención y tramitación de casos recogida en los diez años de existencia de la Defensoría”, indicó Lorenzino.