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Cronos Noticias » Municipios » 24 abr 2020 17:42

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Lincoln: las personas con discapacidad podrán tener paseos breves a partir del lunes 27 de abril

En sintonía con la Decisión Administrativa 490/20 del gobierno Nacional y la Resolución 77/20 de la Agencia Nacional de Discapacidad, la municipalidad adhirió a la medida para que personas con discapacidad puedan hacer salidas recreativas breves.


  • Lincoln: las personas con discapacidad podrán tener paseos breves a partir del lunes 27 de abril

La Municipalidad de Lincoln informó que, en sintonía con la Decisión Administrativa 490/20 emitida por el gobierno Nacional y la Resolución 77/20 de la Agencia Nacional de Discapacidad, el Departamento Ejecutivo local adhirió a través de un decreto a esta medida que determina que las personas con discapacidad podrán solicitar el permiso de circulación para realizar salidas recreativas breves.

Según explicaron desde la Dirección de Discapacidad, en Lincoln se abrirá un Registro Único para que las personas con discapacidad de nuestro distrito puedan realizar salidas breves junto a un acompañante o conviviente en las cercanías de su domicilio.

La autorización deberá tramitarse en la Dirección de Discapacidad ubicada en Ameghino 242, de lunes a viernes de 9 a 11 horas. Quienes realicen la solicitud tendrán que presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD); DNI del solicitante y de su acompañante; una indicación médica o del equipo tratante de la PCD que certifique la necesidad imperiosa de las salidas breve con fines de esparcimiento; y luego deberán firmar una declaración jurada para que se le sea otorgado el permiso.

Las salidas deberán ser breves y en un radio de 500 metros de su domicilio según el siguiente cronograma establecido: DNI terminados en 1,2,3,4 y 5 los días lunes, miércoles y viernes; DNI terminados en 6,7,8,9 y 0 los días martes, jueves y sábados. 

Cabe destacar que según lo establecido por la Resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) solo podrán realizar la salida aquellas personas que no presenten síntomas compatibles con COVID-19 y no se encuentren comprendidas en ninguna de las siguientes circunstancias: sean mayores de 60 años; tengan enfermedades respiratorias, cardíacas, inmunodeficiencias y /o algún tipo de discapacidad visceral; personas embarazadas; y toda otra circunstancia que la autoridad sanitaria defina en el futuro.

Desde la Dirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Acción Social, indicaron que se apela “a la responsabilidad de cada familia en cuanto a lo que conlleva realizar estas salidas y que solo se hagan en casos que consideren estrictamente necesarios, sabiendo que aún nos encontramos en aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

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