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Cronos Noticias » Provincia » 16 mar 2020 15:14

Medidas

Coronavirus: la Corte bonaerense declaró “asueto” y guardias rotativas hasta fin de mes

Ante la pandemia que se vive en Argentina y la emergencia que se comunicó desde el gobierno de la Provincia, el máximo tribunal bonaerense garantizará la prestación mínima del servicio de justicia desde el 16 de marzo hasta el 31 de marzo.


  • Coronavirus: la Corte bonaerense declaró “asueto” y guardias rotativas hasta fin de mes

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en conjunto con la Procuración General, dispuso "asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales, desde el 16 hasta el 31 de marzo del corriente año", en base a la expansión del virus COVID-19.


Durante el período establecido, "la prestación mínima del servicio de justicia se limitará a la atención de asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación".


De este modo, desde el organismo explicaron que las medidas fueron tomadas en base al carácter “extraordinario” que "eviten o reduzcan la propagación del virus garantizando una prestación esencial del servicio de justicia".


"Al mismo tiempo, se contempló que el actual estado de emergencia requiere preservar la salud del personal del Poder Judicial, como así también de todas las personas que concurren por cualquier motivo a las dependencias que lo integran", expresa el documento.


Además, detallaron: "En cuanto a la atención de los asuntos urgentes, se decidió que permanezcan habilitados exclusivamente los Juzgados y Tribunales en turno, incluyendo las sedes descentralizadas, funcionando con guardias mínimas, conformadas con el magistrado a cargo -en caso de Tribunales Colegiados al menos uno de sus integrantes-, un funcionario letrado y los agentes indispensables que el titular designe”.


Se instruyó la permanencia del magistrado o un funcionario letrado  en los restantes organismos, sin la concurrencia del resto del personal, si bien queda a disposición del titular para el caso en que sea requerido. Dichos organismos colaborarán con la dependencia de turno, sin atender al público.

 
Mientras tanto, la Suprema Corte de Justicia tendrá un sistema de guardias rotativas "con participación del titular o funcionario a cargo y la mínima cantidad de agentes de sus distintas secretarías y dependencias".
En las Cámaras de Apelación, por su parte, "deberán organizarse guardias para la atención de los asuntos urgentes, con presencia de los Jueces o Vocales y los agentes que determinen".


Las Cámara del Fuero Civil y Comercial están autorizadas a incorporar Juzgados de Familia adicionales a los de turno a fin de asegurar la debida prestación del servicio".


Finalmente, "se contempla que la Procuración General adopte dentro del ámbito del Ministerio Público las medidas que estime pertinentes, en función de los lineamientos establecidos en la presente resolución y en un marco de criterios comunes de aplicación".

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