Provincia

Tras las rejas

La Cámara Federal rechazó un habeas corpus y el "Pata" Medina seguirá detenido

La justicia dispuso hoy que el ex titular de la seccional platense de la UOCRA, debe continuar detenido, al rechazar un habeas corpus presentado por su defensa.

3 oct 2017

La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, integrada por los jueces Antonio Pacilio, Carlos Alberto Nogueira y Carlos Alberto Vallefín, rechazó una acción de habeas corpus interpuesta por la defensa de Juan Pablo “Pata” Medina, en la que solicitaba el inmediato cese su detención invocando irregularidades en la orden que dispuso el juez federal de Quilmes, Luis Armella.

El abogado Víctor Eduardo Hortel, en su carácter de defensor del “Pata” Medina, presentó el recurso apelando a la “ilegitimidad en la que a su criterio se enmarca la detención de Medina –persecución político-judicial por su rol de secretario general de la Seccional La Plata Uocra”.

El recurso acusaba “diversas irregularidades procesales que generaron la violación del derecho de defensa y del debido proceso penal al no haber podido tomar contacto con las actuaciones previo a la orden de detención que se librara respecto de su asistido, determinando con ello la ilegitimidad de la detención de su defendido”.

Además, el abogado agregó que el secreto de sumario fue dispuesto el 22 de septiembre, cuando a él ya dos días antes le habían negado la vista, y que, en todo caso, la disposición de esa medida no podía ser anterior a la formulación de una imputación formal del imputado.

Finalmente, señaló que, no obstante encontrarse apelada la denegatoria de la exención de prisión solicitada a favor de Medina cuando se hallaba en libertad, el juez concretó la detención de su defendido.

Por su parte, los magistrados consideraron que tanto la detención que afecta a Medina como todo aquello que concierne a su modalidad de cumplimiento fue dispuesta por los tribunales a cuya respectiva disposición se encuentra el dirigente. En ese sentido, en la resolución los camaristas platenses entendieron que las decisiones provinieron de cada magistrado "con competencia" para entender en las cuestiones propias de su jurisdicción, los cuales no pueden ser sustituidos por vía del habeas corpus.

LAS MÁS LEÍDAS