11 mar 2017
Según se informó, la propuesta oficial llevaba el incremento salarial del 18 al 19%, y acortaba de cuatro a tres los tramos de pago, con dos cuotas de 5 y una del 9% en enero, abril y septiembre. Además, mantenía la “cláusula gatillo” (un mecanismo que actualiza automáticamente la suba si la inflación es mayor) y contemplaba un pago extraordinario y no remunerativo de 500 pesos por cargo (hasta un máximo de dos) en compensación por la pérdida salarial de 2016. Finalmente, contemplaba un pago de entre 1.500 y 3.750 pesos “a cuenta de futuros aumentos” a cobrar con los sueldos de marzo. Oferta que todos los gremios docentes rechazaron de plano.
Ante esa situación, el Ejecutivo bonaerense decidió suspender la reunión técnica que había convocado para este sábado a las 9 y en paralelo volvió a dictar la conciliación obligatoria, en base a un fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de La Plata que revocó una medida de primera instancia que le impedía al Ministerio de Trabajo tomar ese tipo de decisiones.
“Esperamos e instamos a los dirigentes gremiales que acaten el fallo de cámara como nosotros lo hicimos cuando el juez (Luis) Arias suspendió la medida, el proceso de conciliación está vigente”, aseguró el ministro de Trabajo, Marcelo Villegas, quien sugirió que podría imponer sanciones a los sindicatos en caso de no observar la convocatoria. Por su parte, el director general de Cultura y Educación, Alejandro Finocchiaro, pidió a los docentes que, en ese marco, el lunes “sigan educando”.
Finalmente los gremios que componen el Frente de Unidad Docente decidieron no asistir a la conciliación obligatoria, que fue llevada a cabo entre gremios menores (SOEME, UDA, AMET y UPCN) y funcionarios de la Provincia.
Para agregarle más polémica al tablero, desde las redes sociales el juez en lo Contencioso Administrativo, Luis Arias publicó: “Para que no queden dudas, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, no ‘revocó’ mi fallo acerca de la conciliación obligatoria, sino que, en un trámite inaudito y fuera de todo marco procesal, ‘suspendió’ la medida sin expedirse al respecto; tal como lo hizo con el aumento tarifario y otros fallos de mi juzgado. Los suspende, pero no decide, deja la controversia en un limbo, violando todos los plazos procesales”.
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