En medio del caos en la Costa bonaerense por los accidentes en las playas, la Justicia de la provincia de Buenos Aires decidió suspender cualquier actividad recreativa motorizada que se lleve adelante en el sector de médanos conocido como La Frontera, dentro del Municipio de Pinamar.
El fallo surge a partir de un amparo presentado por Pablo Martínez Carignano, exdirector de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, contra la Municipalidad de Pinamar. La resolución quedó en manos del Juzgado Civil y Comercial N°4 de Dolores, a cargo del juez suplente Félix Adrián Ferrán.
La medida ordena el cese inmediato de pruebas de destreza, carreras formales o informales, eventos organizados y cualquier maniobra temeraria con cuatriciclos, motos, UTV y vehículos 4x4, incluso dentro de predios privados, cuando esas prácticas impliquen riesgo para terceros.
En su resolución, el magistrado remarca que este tipo de actividades provoca todos los años siniestros viales graves, muchos de ellos con menores de edad como víctimas. Se trata de un sector de uso masivo durante la temporada estival, donde la circulación sin control genera un escenario incompatible con la seguridad pública.

El fallo subraya que los municipios poseen la obligación legal de ejercer el poder de policía para regular, controlar e impedir conductas peligrosas. Cuando esa responsabilidad no se cumple, el Estado queda habilitado para aplicar mecanismos de protección que reconduzcan actividades dañinas hacia cauces seguros.
Desde la Justicia también advierten que la falta de intervención municipal puede traducirse en un peligro actual o inminente. Frente a ese contexto, la actuación judicial no implica un avasallamiento de competencias, sino una forma de resguardar el interés público y los derechos fundamentales, entre ellos la vida, la integridad física y la seguridad colectiva.
Otro punto central del fallo se vincula con la demora en adoptar medidas preventivas, pese a tratarse de una situación conocida por toda la comunidad. Carreras improvisadas, picadas y desafíos en médanos forman parte de una dinámica que ya dejó múltiples víctimas y que exige respuestas urgentes.

Uno de los argumentos principales de la Municipalidad sostenía que no podía intervenir por tratarse de terrenos privados. La Justicia rechazó esa postura de manera tajante: cuando existe un riesgo cierto, conocido y evitable, la titularidad del suelo no exime al Estado de actuar.
La suspensión permanecerá vigente hasta que el municipio garantice condiciones concretas de seguridad, entre ellas señalización adecuada, delimitación de zonas, supervisión efectiva y medidas preventivas suficientes. Sin ese esquema de control, cualquier habilitación resultaría incompatible con la protección de derechos básicos.
Finalmente, la decisión de la Justicia bonaerense hace hincapié en que la prevención debe ocupar un lugar central en la política pública, siendo este un llamado de atención para las autoridades municipales y provinciales.