Tras la denuncia de la Asociación de Guardavidas de Pinamar contra el municipio que lidera el intendente Juan Ibarguren, la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires le dio la razón a los trabajadores y falló contra el gobierno pinamarense.
En su fallo, la Suprema Corte ratificó las sentencias de primera y segunda instancia contra la comuna, “poniéndole punto final a su absurda y torpe acción y calificando sus actos, insalvablemente nulos, cómo abuso de poder ilegal, inconstitucional y represivo”, explicaron desde el gremio.
Esto se da “tras haber tenido la temeraria actitud de suspender sin goce de haberes a sus trabajadores guardavidas, nada menos que por ejercer soberanamente el derecho a huelga en el marco de conflictos colectivos”.
“Llegó el momento de reparar los daños causados, de afrontar las consecuencias y de rendirle cuentas a la comunidad por los enormes costos implicados en el insólito comportamiento de los funcionarios públicos. Quizás también de pedir perdón”, disparó la AGN.
“Los derechos no se negocian. Los derechos se ejercen”, sentenciaron desde el nucleamiento sindical liderado por Juan André Cornide.

La disputa local llegó a la Corte provincial, tras una demanda que impulsó la AGP. El planteo apuntó contra una serie de sanciones que el sindicato consideró ilegales, aplicadas a raíz de una protesta en el marco de un conflicto colectivo durante la temporada pasada.
En ese marco, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 del Departamento Judicial de Dolores resolvió el caso en marzo de 2024 y declaró la nulidad de las sanciones de nueve días, aunque mantuvo vigente el descuento del salario correspondiente al día no trabajado.
En tanto, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata ratificó el pronunciamiento en julio de 2025, aunque el Municipio de Pinamar resolvió presentar un recurso extraordinario de nulidad, con fundamento en los artículos 168 y 171 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires.

Frente al pedido del Ejecutivo que conduce el jefe comunal del PRO, la Corte bonaerense aclaró que el recurso presentado solo puede prosperar si existe la omisión de una cuestión esencial o una falla formal en la sentencia.
En ese sentido, el máximo tribunal sostuvo que la nulidad no se vincula con el criterio adoptado en un fallo, sino con la falta de tratamiento de un punto central por descuido o inadvertencia.
En definitiva, la Justicia intercedió en el escandalo que protagonizó el sindicato de guardavidas de Pinamar y el Gobierno local, y tras la resolución, se espera que la administración de Ibarguren de marcha atrás con su postura.