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La llamada popularmente “Ley de Alquileres”, o Ley 27.551 sancionada por el Congreso Nacional, cumple el próximo 30 de junio dos años desde la publicación en el Boletín Oficial. Por lo tanto, quienes hayan renovado después de esa fecha tendrán la segunda actualización de contratos. Cómo hacer para sacar ese porcentaje.
Cabe recordar que esta segunda actualización será sobre el monto inicial del contrato, en concordancia con el artículo 14 de la citada ley.
También, establece que en el caso de los contratos de locación, cualquiera sea su destino, están exceptuados de lo dispuesto en los artículos 7 y 10 de la Ley 23.928 y sus modificatorias.
Por el contrario, en los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales. En ningún caso se pueden establecer bonificaciones ni otras metodologías que induzcan a error al locatario.
Y por último, los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Primero, es necesario entrar a la página web del Banco Central.
Allí, en la sección de Principales Variables se encontrará el Índice de Contratos de Locación (ICL) de la Ley 27.551, haciendo click aquí.
Una vez ahí, se deberán seleccionar dos fechas: la primera, en relación al mes del inicio del alquiler; la segunda, será al mes corriente en el que se ajustará el monto.
Con el resultado, se generará el índice ICL, que será necesario tenerlo anotado junto con las dos fechas dispuestas. Para obtener el total mensual del alquiler, multiplicá el último índice por el precio de contratación, es decir, lo que abonaste el primer año de alquiler. Después, al resultado se lo divide por el primer índice.
Por ejemplo: Si el valor del alquiler a la fecha de contratación fue de $10.000 y el ICL fue de 1,02 y el valor al año del índice es de 1,52
Se hace la siguiente cuenta:
1,52 x 10.000 / 1,02 = $14.901
Siendo $14.901 el valor del alquiler para el nuevo período.
Por último, para saber el porcentaje de aumento, se puede sacar por regla de tres simple, multiplicando el último índice (fecha actual) por 100 y luego al valor obtenido se lo divide por el primer índice, por último al resultado final se le resta 100.
Por ejemplo:
1,52 x 100 / 1,02= 149 – 100 = 49%
Entonces el aumento del alquiler para el segundo año en valores porcentuales es de 49%.
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