En medio de la polémica
Vidal volvió a hablar de los “aportes truchos” y criticó a candidatos que negaron poner plata
La gobernadora bonaerense se refirió a las denuncias por presuntas irregularidades en la campañas de Cambiemos en 2015 y 2017.
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El titular del Juzgado Federal N° 3 de La Plata, Ernesto Kreplak, rechazó el pedido de inhibitoria formulado por su par Adolfo Ziulu, que subroga la competencia electoral en Buenos Aires, para que la investigación en torno a supuestos aportes truchos en la campaña de Cambiemos no tenga consecuencias penales.
El pedido de inhibitoria se inició tras la presentación de los apoderados del PRO, entre ellos el Secretario de Legal y Técnica de la Nación Pablo Clausellas, bajo la premisa de que “los aportes irregulares o [la] inclusión de beneficiarios de planes sociales a la Campaña Legislativa 2017 Alianza Cambiemos…forma parte del Control de Informe de Campaña de Elecciones Generales de octubre 2017, que debe aprobar o desaprobar el juez electoral”.
Sin embargo, el magistrado platense consideró que la investigación iniciada tras la denuncia de la senadora de Unidad Ciudadana María Teresa García puede contener delitos penales y “no sólo involucra falsedades detectadas en torno a la identidad de los supuestos aportantes particulares”.
Lo que se busca es identificar “el modo en que dicha información identitaria pudo haberse obtenido, el uso que a dichas identidades pudo haberse dado y el origen real de los fondos declarados como aportados por quienes no lo habrían hecho, cuanto menos”, lo cual “involucran como hipótesis la comisión de diversos tipos penales -identificados preliminarmente por las partes-, previstos a priori por el Código Penal”, y por tanto “ajenos en principio a la legislación específicamente electoral y, por ende, a la competencia del juez electoral”.
Cabe recordar que en la denuncia de García, la senadora acusa a Cambiemos de “usurpación de identidad, falsificación de documentos, lavado de activos y violación de Secretos y Privacidad”.
En tanto, sobre la competencia Kreplak señaló: “Debe ser la Cámara que resulte superior del juzgado que haya prevenido en la investigación de delitos del Código Penal la que deba, eventualmente, dirimir la contienda positiva de competencia. En este sentido, tomando en consideración exclusivamente la situación planteada entre el Juzgado Federal con competencia electoral de La Plata y el Juzgado Federal Nº3, resulta que será la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata la que deba eventualmente resolverlo”.
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