jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº2737
Cronos Noticias » Nación » 5 jun 2018 17:08

La ANSES apelará

La Justicia declaró inconstitucional aumento de jubilados de marzo: aseguró que debía ser más

La Cámara de la Seguridad Social sostuvo que el incremento debía ser del 14,5 por ciento y no del 5,71, según la fórmula de ajuste que rigió hasta que se aprobó la reforma.


  • La Justicia declaró inconstitucional aumento de jubilados de marzo: aseguró que debía ser más

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La Justicia declaró inconstitucional el aumento del 5,71 por ciento que recibieron los jubilados en marzo, de acuerdo a la nueva ley de movilidad. Según resolvió la Sala III de la Cámara de la Seguridad la Seguridad Social, se ordenó aplicar la fórmula de movilidad anterior del 14,5 por ciento, por entender que las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.

Para ello se basó en la causa Fernández Pastor Miguel c/ ANSeS, ya que la nueva ley de movilidad 27426 fue aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2017 y los jubilados recibieron en marzo el 5,71 por ciento que corresponde a la evolución del 70 por ciento de inflación y 30 de los salarios del tercer trimestre de 2017, cuando debieron recibir la movilidad de la ley anterior de julio hasta el día de la sanción de la nueva ley.

Los Jueces Martin Laclau y Néstor Fasciolo sostienen en la sentencia que la anterior ley de movilidad “claramente estipulaba dos momentos para otorgar el incremento por movilidad: en los meses de marzo y septiembre de cada año, por lo que no era sino en dichas fechas en que la movilidad se otorgaba y devengaba, sin que dicha ley determinara que la movilidad se devengaba mes a mes aun cuando su pago se realizara semestralmente”.

Por su parte, desde la ANSES confirmaron que apelarán ante la Corte este nuevo fallo de la Cámara, que sienta doctrina para millones de jubilados y pensionados y beneficiarios de prestaciones sociales.
 

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