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Cronos Noticias » Opinión » 4 feb 2017 11:15

Las ferias judiciales deben eliminarse

Por Guillermo Castello*


  • Las ferias judiciales deben eliminarse

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Por Guillermo Castello

Durante las ferias judiciales los habitantes de la Provincia de Buenos Aires no pueden presentar demandas para hacer valer sus derechos civiles, comerciales, de familia, laborales o contenciosos. En el mismo lapso, en los juicios ya iniciados, no se toman decisiones judiciales, no corren los plazos procesales, no se produce prueba, no se libran cheques, no se fijan audiencias. Todo ello salvo puntuales excepciones que no alteran la regla.

Es por ello que días atrás hemos presentado en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para suprimir dichas ferias con la intención de garantizar a los bonaerenses un Servicio de Justicia pleno y permanente.

Recordemos que las ferias judiciales comprenden todo el mes de enero y dos semanas de julio, lo que significa que durante un mes y medio la Administración de Justicia, salvo contadas excepciones, se paraliza.

Como efecto colateral y pernicioso de las ferias se producen lo que los abogados llaman “preferia” o algunos “cuasiferia”, en referencia a los días inmediatamente anteriores o posteriores a las ferias. Es sabido, por ejemplo, que los últimos días de diciembre los tribunales se enfocan en resolver preferentemente las urgencias, hay pocas resoluciones de fondo y se presentan muy pocas demandas debido a que, precisamente, “se dejan para febrero”.

Si a todo ello sumamos los feriados nacionales y locales, tenemos por lo menos dos semanas más de inactividad judicial.

 

Adicionalmente, y a diferencia de otros países, los tribunales no abren los sábados, y tienen un horario de atención al público muy reducido en relación a cualquier entidad privada (treinta horas semanales contra cuarenta o cuarenta y ocho, es decir, de un 25 % a un 37,5 % menos).

Todo lo anterior hace que la Justicia termine trabajando efectivamente menos de 200 días al año, lo que resulta inadmisible, más aún si consideramos que dicha situación no se verifica en el resto de la Administración Pública. Por el contrario, otros servicios públicos como la salud y la seguridad se organizan de manera que no se interrumpa su prestación. Tampoco cierran durante un mes y medio.

La Administración de Justicia es, como la salud, la educación o la seguridad, una de las funciones básicas del estado y un servicio público esencial que debe proveerse de manera permanente e irrestricta a la población, por eso creemos que el Poder Judicial debe adecuar su estructura y organización para funcionar todo el año.

“La Provincia asegura la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a la justicia…” es lo que dice textualmente el artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, de una claridad absoluta.

La orden constitucional es contundente: la Justicia debe ser “continua”, “efectiva” y de “acceso irrestricto” y las ferias judiciales importan una ruptura lógica en la “continuidad”, afectan innegablemente la “efectividad” y constituyen una evidente “restricción al acceso a la Justicia”, el que se encuentra vedado a la población durante una parte sustancial del año. En otras palabras: las ferias judiciales violan la Constitución provincial.

No podemos menos que coincidir con quienes esgrimen que la Justicia adolece de muchos otros y variados problemas ajenos a las ferias judiciales, lo que de ninguna manera puede servir de argumento para eludir una decisión sobre las mismas, en función de las claras dificultades que generan.

Resulta imprescindible resaltar también que las cuestiones institucionales deben ser enfocadas y resueltas con un enfoque global que abarque los intereses de la comunidad toda y no con una visión sectorial o corporativa. No se está legislando aquí sobre las condiciones laborales de los empleados judiciales o el ejercicio profesional de los abogados sino sobre la prestación del Servicio de Justicia.

En virtud de que la feria la establece la Suprema Corte como consecuencia de las atribuciones que le confiere la ley provincial que organiza el Poder Judicial, en nuestro proyecto eliminamos dicha potestad, suprimiéndose así la base jurídica sobre la que se establece la feria.

Por lo demás nuestra propuesta se encuentra en línea con la formulada a nivel nacional mediante el programa conocido como “Justicia 2020”.

Conscientes de que hay mucho por mejorar en el Servicio de Justicia presentamos este proyecto, convencidos de que las ferias judiciales constituyen un gran obstáculo para su adecuada prestación, un cercenamiento a los derechos individuales y una inobservancia de la letra constitucional. Por eso esperamos contar con el acompañamiento de nuestros colegas legisladores.

*Diputado bonaerense por Cambiemos

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